Sí. Las Rentas Vitalicias sobre inmuebles pueden hacerse sobre cualquier propiedad inmobiliaria (vivienda, oficina, local, nave, etc.). Hay que señalar también, que aquellas personas que sean titulares de dos o más inmuebles pueden hacer una Renta Vitalicia sobre uno de ellos, quedando el otro / los otros totalmente libres.
http://www.housebanc.com/preguntas_frecuentes_sobre_renta_vitalicia_diferida.htm
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lunes, 18 de agosto de 2008
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